Un fallecido y 409 positivos en Soria, nuevo máximo

Máximo de casos también en Castilla y León con 9.768, además de siete defunciones
Evolución del coronavirus en Soria

Situación en Castilla y León

Evolución de los brotes en Soria

Evolución de los ingresados

Castilla y León notifica hoy 9.768 casos de la COVID-19, con lo que su número actual asciende a 394.979; de esa cifra, 388.496 han positivizado en pruebas de infección activa (*).

Los nuevos diagnósticos se han notificado atendiendo a la definición de caso confirmado de infección por SARS-CoV-2 adoptada por la Autoridad sanitaria nacional en la Estrategia de Diagnóstico Precoz, Vigilancia y Control de la COVID-19, de 12 de agosto de 2021; de los 9.768 nuevos positivos trasladados hoy al C.C.A.E.S. de acuerdo con el criterio epidemiológico del Ministerio de Sanidad, 8.638 han tenido confirmación el día previo.

Los brotes activos (**) actualmente en el conjunto de la Comunidad son 352 y los casos positivos a ellos vinculados, 2.336.

Desde la anterior comunicación se han dado 56 altas -para un total de 34.901 pacientes- y ha habido siete fallecimientos más -6.422 defunciones-. Una de esas defunciones ha tenido lugar en Soria, que ha registrado además su máximo de positivos, 409. Una persona ha sido dada de alta en la provincia.

La situación sanitaria, recogida territorialmente, puede consultarse en el archivo adjunto de forma más amplia a través de este enlace al Portal de Transparencia de la Administración castellana y leonesa ( Enlace a la información estadística sanitaria sobre la pandemia de la COVID-19 en Castilla y León ); también ahí puede encontrarse la evolución diaria de la vacunación frente a la COVID-19.

La Comunidad de Castilla y León se sitúa actualmente en situación de riesgo controlado ( Acuerdo 100/2021, de 16 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la situación de riesgo controlado para todo el territorio de la Comunidad ), con las medidas, obligaciones y limitaciones que, para ese estadio, se recogen en el normativa vigente, entre ella el Acuerdo 46/2021, de 6 de mayo, por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y sus posteriores actualizaciones, cuyo texto consolidado vigente puede consultarse en este enlace: Texto consolidado del Acuerdo 46/2021, de 6 de mayo, de la Junta de Castilla y León, por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la pandemia por la COVID-19 .

La declaración de situación de riesgo controlado conlleva la eliminación de limitaciones de aforos y horarios, pero manteniendo las obligaciones generales de cautela y protección referidas al uso de la mascarilla y a la distancia de seguridad, además de la recomendación del lavado frecuente de manos; asimismo la obligación de colaborar en la información necesaria para la trazabilidad de contactos y en el cumplimiento de situaciones y prescripciones en aislamientos y cuarentenas; y continúa la prohibición de fumar en vía pública si no se puede asegurar la distancia de seguridad, así como totalmente en terrazas de hostelería.

Asimismo es necesaria la observancia responsable y solidaria de las limitaciones vigentes referidas a sectores y ámbitos sociales y de actividad concretos en cada momento: las actuales medidas para eventos deportivos multitudinarios se mantienen en vigor en diciembre ( Acuerdo 126/2021, de 25 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se adoptan medidas especiales de salud pública en los eventos deportivos multitudinarios, para la contención de la COVID-19 en la Comunidad ), aunque se han aprobado nuevas reducciones de aforos (75% máximo en recintos abiertos y el 50% en instalaciones cerradas) cuya vigencia está prevista durante el próximo mes de enero.

Las autoridades sanitarias insisten en la relevancia, para superar la pandemia y sus consecuencias de toda índole, de las responsabilidades individual y colectiva de los ciudadanos, cumpliendo con las medidas preventivas referidas al uso obligatorio de la mascarilla, a la distancia interpersonal y a la higiene de manos, además de aquellas otras definidas en la normativa vigente.

(*) Pruebas diagnósticas de infección activa: PCR y test Ag.

(**) Se considera brote cualquier agrupación de tres o más casos con infección activa en los que se ha establecido un vínculo epidemiológico y, en el caso de residencias de personas mayores u otros centros socio sanitarios, con uno o más casos. Un brote activo se define como aquel que haya tenido algún caso en los últimos catorce días, teniendo en cuenta la fecha de inicio de síntomas o la de diagnóstico, si la de los síntomas no está disponible.

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