El Gobierno autonómico avanza en la Función Pública de la Comunidad con la distribución de los fondos adicionales y el impulso a la carrera profesional

El Consejo de Gobierno da luz verde a dos acuerdos que contribuyen al desarrollo y estabilización de los empleados públicos en la Administración autonómica

El Consejo de Gobierno ha aprobado esta mañana el acuerdo relativo a la distribución de los fondos adicionales recogidos en la resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el II Acuerdo para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo, y el Acuerdo relativo al desarrollo e impulso de la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración general de la comunidad y sus organismos autónomos.

En relación a la distribución de fondos adicionales, el acuerdo aprobado da cumplimiento a lo suscrito entre el Gobierno de España y las organizaciones sindicales el 9 de marzo de 2018 para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo y contempla un incremento retributivo para el personal al servicio del sector público que incluye: los correspondientes incrementos anuales previstos, e incrementos adicionales de la masa salarial que se pueden destinar: a la implantación de planes o proyectos de mejora de la productividad o la eficiencia, a la revisión de complementos específicos entre puestos con funciones equiparables, a la homologación de complementos de destino o a la aportación a fondos de pensiones.

En Castilla y León los fondos se destinarán a la mejora de los complementos específicos del personal al servicio de la administración de la Comunidad en los tres ámbitos: Administración general, sanitaria y educativa.

Asimismo, se ha aprobado el acuerdo relativo al desarrollo e impulso de la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración general de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos. Se cumple así lo establecido en el artículo 42 de la Ley 13/2003, de 23 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas, que establece que los pactos, convenios y acuerdos de cualquier tipo que pretendan suscribirse ente órganos de la Administración de Castilla y León y los Agentes sociales y económicos de ámbito regional deberán ser sometidos, con carácter previo a su firma, a la aprobación de la Junta de Castilla y León, por el titular de la Consejería afectada.

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