La Junta aprueba el Decreto que regula las condiciones de la prórroga de los Presupuestos de la Comunidad a partir del 1 de enero de 2021

El decreto establece la prolongación de los créditos iniciales de 2018 en todos los capítulos

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto de prórroga de los Presupuesto de la Comunidad que se encuentran actualmente en vigor, con el objetivo de facilitar y clarificar la gestión diaria de los recursos disponibles en los distintos departamentos de la Administración autonómica. De esta manera, a partir de 1 de enero de 2021 y hasta la aprobación y publicación en el BOCYL del nuevo presupuesto, continúan prorrogados los créditos iniciales aprobados para el año 2018.

El Decreto recoge, en términos generales, la prórroga de los créditos iniciales en vigor salvo que correspondan a actuaciones que hayan concluido en este ejercicio o que estén financiadas con recursos finalistas cuya vigencia no pueda ampliarse. Asimismo, se adapta la estructura del presupuesto prorrogado a la organización administrativa actual, tanto en su clasificación orgánica como funcional y económica.

Por otro lado, al estar suspendidos los objetivos de estabilidad presupuestaria acordados en febrero de 2020, para 2021 el Gobierno nacional ha establecido una tasa de referencia de déficit público para las comunidades autónomas situada en el 1,1 % del PIB regional. En este sentido, para situarse dentro de los límites de referencia y evitar una elevada ejecución de los créditos presupuestarios antes de la aprobación de los Presupuesto Generales de la Comunidad para 2021, se establecen determinadas normas de gestión del gasto.

Gestión del gasto

De esta manera, el Decreto señala que se imputan en primer lugar los gastos de las obligaciones generadas en ejercicios anteriores derivadas de compromisos de gasto debidamente contabilizados o, que no habiendo sido contabilizados, se hubieren adquirido de conformidad con el ordenamiento jurídico y, a la finalización del ejercicio al que correspondan, hubiesen contado con cobertura presupuestaria adecuada y suficiente.

Asimismo, se incluyen los compromisos derivados de disposiciones, convenios y contratos programa que estuvieran en vigor el 31 de diciembre de 2020 y que supongan obligaciones en 2021 y los compromisos adquiridos que se destinen a pensiones, subvenciones y ayudas cuyo beneficiario tuviera derecho a 1 de enero de 2021.

En cuanto al resto de los gastos, el Decreto señala que estos se imputarán conforme a su naturaleza, dando continuidad a las medidas que se venían realizando a lo largo del ejercicio.

 

Añade también el Decreto que, a estos efectos, se entiende por gastos correspondientes a actuaciones no finalizadas todos aquellos que se encuentren vinculados a acuerdos, planes o compromisos realizados por el Gobierno de Castilla y León con anterioridad al 31 de diciembre de 2020, así como cualquier prestación que venga realizando la Administración autonómica con anterioridad a 31 de diciembre de 2020 y las que resulten imprescindibles para atender el servicio público o que le sean exigibles por norma de rango legal.

Las normas de imputación de gastos reguladas en este proyecto de decreto afectan a todas las secciones presupuestarias, salvo a la 20, Cortes de Castilla y León e Instituciones propias de la Comunidad.