Diputación aprueba subvenciones por 7.800.000 euros para paliar los efectos del COVID-19

Cinco millones serán para ayudas a autónomos y Pymes de menos de 250 trabajadores, ubicados en la provincia de Soria (excluida la capital)

La Comisión de Desarrollo Económico, Reto Demográfico y Turismo reunida esta mañana ha dictaminado favorablemente las primeras medidas destinadas a paliar las graves consecuencias derivadas del Covid 19 para la economía provincial divididas en cinco líneas con una cuantía total que se eleva a más de siete millones de euros. Las líneas han sido aprobadas por unanimidad de todos los grupos, menos la relativa a costes de las cuotas de la Seguridad Social donde se ha abstenido el grupo socialista.

Reducción de costes de las cuotas de la Seguridad Social

La partida principal está dotada con cinco millones de euros y se va a destinar a subvencionar a autónomos y Pymes de menos de 250 trabajadores, ubicados en la provincia de Soria, excluida la capital, para la reducción de los costes de las cuotas a la Seguridad Social.

La subvención va unida al mantenimiento del empleo y de la actividad empresarial durante todo el periodo subvencionado y se articula en forma de anticipos, ya que se considera urgente aportar liquidez a las empresas para que puedan mantener la actividad y en consecuencia los puestos de trabajo.

Los beneficiarios pueden ser trabajadores por cuenta propia, que tengan o no trabajadores a cargo, incluido el sector de las cooperativas, de sociedades laborales que hayan optado por ese régimen, los trabajadores autónomos societarios, los mutualistas de mutuas de previsión social y también comunidades de bienes y sociedades civiles; siempre que el domicilio fiscal esté ubicado en la provincia.

El periodo de subvención abarca doce meses desde el momento que se establece la concesión de la subvención y los gastos subvencionables son la Seguridad Social del trabajador por cuenta propia, la cuota empresarial a la SS de los trabajadores a cargo y las cuotas satisfechas a mutuas de previsión social.

La subvención es de mil euros por trabajador autónomo y mil adicionales por cada trabajador a cargo hasta diez, a partir de esa cifra se abonará 600 euros por cada uno adicional hasta el trabajador número 50. Las solicitudes se dividirán en dos bloques, incluyendo en el primero aquellas cuya actividad haya sido suspendida por el decreto de Alarma y en un segundo bloque aquellas que no estando obligadas al cierre han visto reducirse sus ingresos mensuales más allá del 75% con respecto al semestre anterior. Los solicitudes se ordenarán priorizando el bloque uno frente al dos, y por el número de habitantes de la localidad del domicilio fiscal, de menor a mayor.

Debido a la especial naturaleza de la convocatoria y a la urgencia de actuar sobre la situación económica, la concesión de la subvención se articulará mediante la entrega de dos anticipos, el 50% de la subvención concedida será previo a la justificación y el 50% restante cuando se justifique. Solo los beneficiarios que se les conceda subvención superior a 13.000 euros están obligados a la constitución de garantías, que responderá tanto por la cantidad anticipada como por los intereses de demora ejecutable al primer requerimiento si no se cumplen las condiciones de la subvención otorgada.

Subvenciones gastos de alquiler o hipoteca

La Comisión también ha dictaminado favorablemente la línea destinada a subvencionar los gastos de alquiler e hipoteca de inmuebles afectos a la actividad empresarial dotada con un millón de euros destinados a trabajadores por cuenta propia, tengan o no trabajadores a cargo, y que su domicilio social y fiscal esté en la provincia, excluida la capital.

Se subvencionará las cuotas arrendaticias satisfechas al propietario del inmueble donde se ubica la actividad o las cuotas en concepto de amortización de principal e intereses de préstamos con garantía hipotecaria, ambos durante doce meses. No serán subvencionables los arredramientos de personas físicas o jurídicas que posean acciones o participaciones, ni el Impuesto del Valor Añadido y solo se podrá presentar una solicitud por beneficiario y para un inmueble.

Se subvencionará a fondo perdido el 40% de la cuota arrendaticia mensual o el importe mensual satisfecho en concepto de amortización de préstamos con garantía hipotecaria de doce meses y con un máximo de 3.000 euros por solicitud que será entregado en dos anticipos correspondientes a seis meses. Las solicitudes se ordenarán en dos bloques, aquellos obligados a suspender la actividad por un lado y por otro los que han visto reducir sus ingresos mensuales más allá del 70%, y por número de habitantes de la localidad del domicilio fiscal, de menor a mayor. Los beneficiarios quedan exentos de la constitución de garantías.

II Plan de Empleo

Se incluye en el Plan Covid 19 el II Plan de Empleo al que se dota de 800.000 euros y al que pueden optar todos los ayuntamientos interesados en contratar trabajadores que se encuentren en paro para desempeñar trabajos municipales habiendo cuatro modalidades de contratación: Contrato de jornada completa por 180 días, jornada completa por 90 día, contrato de 120 días al 75% de la jornada o un contrato a media jornada entre dos ayuntamientos por un periodo de 180 días.

Cada contrato está subvencionado al 50% por la Diputación con un máximo de 5.000 euros para contratos de 180 días, 2.500 euros para las restantes categorías y los ayuntamientos deberán aportar el resto de todos los gatos que se consideran subvencionables.

Financiación de circulante

Esta línea de ayudas va destinada a reducir el coste bancario de la liquidez que las empresas y autónomos de la provincia de Soria necesitan para hacer frente a las obligaciones derivadas de su actividad económica que se han visto agravadas por culpa de la declaración del estado de alarma y sus posteriores prórrogas.

Se destina un total de 500.000 euros para trabajadores por cuenta propia con domicilio social y fiscal en la provincia de Soria, excluida la capital, para hacer frente a los intereses abonados por el beneficiario a la entidad durante doce meses con un límite de un 2% anual sobre los fondos dispuestos con un importe máximo de 10.000 euros por solicitud.

Los criterios de ordenación de las solicitudes, al igual que el resto de líneas, se dividirán entre las actividades que han tenido que suspender su actividad por el real decreto y en otro bloque aquellas que han visto reducido sus ingresos mensuales más allá del 75% con respecto al trimestre anterior, ordenas de menor a mayor según el número de habitantes de la localidad del domicilio fiscal. Las solicitudes de ayuda que no puedan ser atendidas por falta de crédito podrán ser resueltas con cargo a los créditos presupuestarios de la siguiente convocatoria que tenga el mismo objeto y fundamento.

El presidente de la Comisión, Saturnino de Gregorio, ha destacado la importancia de estas líneas de ayudas por su cuantía y por la agilidad de los trámites, que va a permitir que en el menor plazo posible, gracias a aplicar la figura de adelantos, el dinero comience a distribuirse evitando en la medida de lo posible la destrucción del tejido empresarial de la provincia de Soria e incluso pudiendo contribuir a su impulso tras la pandemia.

Programa Crecemos

La Comisión ha aprobado una adenda de modificación del convenio entre los ayuntamientos y la Diputación del programa Crecemos por el que la institución provincial se hace cargo del 50% de las mensualidades de los padres desde la declaración del estado de alarma y hasta el día en que se permita la apertura de todos los niños.

Solo se aplicará a los centros en los que no se haya cobrado cuota mensual a los padres durante el estado de alarma y solo se puede aplicar a los centros en los que se haya mantenido en plantilla a todos los trabajadores.

Plan Soria

La Comisión de Desarrollo Económico también ha dictaminado favorablemente destinar un total de medio millón de euros pertenecientes a la anualidad del Plan Soria del año 2018 para subvencionar proyectos de economía social que impulsen el desarrollo provincial y colaboren con los emprendedores para hacer frente a sus inversiones.

Esta partida va destinada fundamentalmente a colaborar con las inversiones que hacen los empresarios y emprendedores ubicados en la provincia, con preferencia por aquellos que se han instalado en los pueblos más pequeños, ya que se priorizarán frente a los municipios más grandes.

La partida se divide en dos bloques, destinando 250.000 euros para solicitudes del sector agroganadero y otras 250.000 para el resto de sectores.

Con independencia del tamaño de la inversión, solo se considerarán subvencionables los primeros 30.000 euros, no pudiendo ser el monto total de la inversión inferior a los 10.000 euros IVA excluido.

La subvención a fondo perdido será un porcentaje máximo del 35% de la inversión subvencionable y podrá alcanzar el 40% en caso de que el proyecto incluya la creación de empleo, a razón de un 1% adicional por puesto de trabajo creado.

Las partidas a las que se puede destinar son muy variadas, desde la compra de locales, naves o furgonetas necesarias para la empresa, edificación y obra civil, hasta la adquisición de la maquinaria necesaria para ampliar o poner en marcha el negocio, bienes de equipo e incluso trabajos de planificación e ingeniería.

El Presidente de la Comisión, Saturnino de Gregorio, ha señalado que con esta nueva subvención de medio millón de euros se va a conseguir multiplicar por más de tres la inversión en la provincia y sobre todo va a permitir el mantenimiento de muchos puestos de trabajo, así como la creación de algunos nuevos, cumpliendo con el principal objetivo de asentar población en el medio rural y evitando su marcha. Estas subvenciones van a llegar a más de cincuenta empresarios y autónomos de la provincia, que ofrecen unos servicios a la población que van a verse ampliados y mejorados.

Estas subvenciones, antes denominadas de Economía Social, de las que ya se han realizado dos convocatorias anteriores, consiguen el objetivo que persigue el Plan Soria desde su creación. Con esta partida se finaliza la anualidad del Plan Soria 2028.

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