Diputación aplaza el cobro del Impuesto de Vehículos de los municipios de la provincia

También se retrasa hasta el próximo 30 de abril el cobro de otras tasas municipales como agua, basura, alcantarillado y otros conceptos

La Diputación Provincial, a través del Servicio Provincial Tributario, ha decidido, en vista de la situación excepcional del COVID19, que el periodo de cobranza de los recibos del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica que se iniciaba en abril quede suspendido mientras dure esta situación. Cuando finalice se continuará con total normalidad.

A esta medida se une el retraso en el cobro de otras tasas municipales que gestiona la institución provincial. "Las competencias que tiene la Diputación provincial nos permite aplazar los pagos y poner facilidades a los vecinos de las diferentes localidades, ante esta grave situación", ha señalado Benito Serrano, presidente de la Diputación.

También se retrasa hasta el próximo 30 de abril el cobro de otras tasas municipales como agua, basura, alcantarillado y otros conceptos, “con la finalidad de auxiliar a los ciudadanos en el marco de esta situación, se ha tomado la decisión de retrasar el inicio del plazo de pago, hasta la finalización del periodo de excepcionalidad”, ha destacado el presiente de la Diputación, quien ha hecho especial hincapié en que estos cambios en el calendario del contribuyente de la provincia no van a suponer ninguna alteración en los ingresos de los Ayuntamientos puesto que la Diputación afrontará dichas entregas con recursos propios de tesorería y continuará abonando a todas las Corporaciones Locales los adelantos mensuales con total normalidad.

El impuesto de circulación varía en función del municipio en el que se resida. La tarifa que se aplica a todos los municipios gestionados por la Diputación provincial es la misma, a excepción de varios municipios que tienen incrementadas sus tarifas.

Un total de 151 municipios aportan el mínimo legal, otros 16 tienen encomendado el cobro a la Institución provincial pero han añadido algún punto extra en la tarifa, que va desde el 5% hasta el 30. El mínimo depende del tipo de vehículo y de su potencia fiscal, y el resto de municipios gestiona el pago según sus propios criterios.

Con la tarifa más económica, los vehículos que estén dados de alta en las localidades más baratas, los de menor potencia fiscal deberán pagar en 2020, 12,62 euros. Entre 8 y 11,99 caballos fiscales se abonarán 34,08 euros, un vehículo con una potencia fiscal de hasta 15,99 pagará 71,94 euros. Los coches de más caballos fiscales pagarán 89,61 euros y los que superen los 20 caballos fiscales se les cobrará hasta 112 euros. En el caso de los autobuses: si tienen menos de 21 plazas pagarán 83,30 euros; entre 21 y 50 plazas, tendrán que abona 118,64 euros este año y si superan las 50 plazas se les cobrará 148,30 euros.

La situación es la misma para los camiones en las localidades más baratas, llegando a pagar como máximo un camión de más de 10.000 kg un máximo de 148,30 euros. En el caso de los tractores, los más pequeños (meno de 16 caballos fiscales) pagarán 17,67 euros y los más grande (más de 25 H.P) abonarán 83,30 euros. 

 

Los remolques de entre 751 a 999 kg de carga útil pagarán 17,67 euros; entre 1000 a 3000 kg será de 27,77 euros y aquellos que pesen más de 3.000 kg de pagarán 83,30 euros. En el caso de las motos y teniendo en cuenta su cilindrada la de menos (Motos hasta 125 c.c.) pagarán 4,42 euros y las de más de 1.0000 cilindradas pagarán 60,58 euros.

Por otro lado, la Diputación de Soria, continua con la gestión y tratamiento de los acuerdos, “de aplazamiento y fraccionamiento concedidos con anterioridad al pasado 18 de marzo”, ha destacado Serrano que también ha indicado que el plazo para el pago se amplía hasta el 30 de abril, sin que se incremente el importe de la fracción. Los concedidos desde el 18 de marzo se amplían hasta el 20 del próximo mes de mayo. También se retrasa el plazo para que la Diputación pueda reclamar las diferentes deudas y los plazos de prescripción, es decir, mientras dure el periodo de excepcionalidad no se notificarán las providencias de apremio ni se ejecutarán.

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