Soria presenta 769 solicitudes de ERTEs con al menos 4.315 trabajadores potencialmente afectados

A ellos habría que sumar los ERTEs gestionados por la Dirección General de Empleo, para empresas de más de 200 trabajadores

La Junta ha recibido 16.189 solicitudes de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) de empresas con centro/s de trabajo en Castilla y León desde el lunes, 16 de marzo, hasta las 14 horas de hoy martes, día 24, en el contexto de estado de alarma por coronavirus COVID-19. Estos expedientes, que desde el pasado martes se están registrando a través de la sede electrónica de la Junta, afectan a un número potencial de 87.695 trabajadores en la Comunidad.

 

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La distribución por provincias y órganos competentes para su tramitación es la siguiente:

- Ávila: 707 ERTEs y 2.923 trabajadores.

- Burgos: 1.597 ERTEs y 9.070 trabajadores.

- León: 3.717 ERTEs y 12.229 trabajadores.

- Palencia: 985 ERTEs y 4.974 trabajadores.

- Salamanca: 2.251 ERTEs y 8.241 trabajadores.

- Segovia: 1.297 ERTEs y 5.877 trabajadores.

- Soria: 769 ERTEs y 4.315 trabajadores.

- Valladolid: 3.476 ERTEs y 14.137 trabajadores.

- Zamora: 1.223 ERTEs y 4.355 trabajadores.

- Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales: 167 ERTEs y 21.574 trabajadores.

Éste es el cómputo de los ERTEs que constan como presentados a efectos administrativos ante las Oficinas Territoriales de Trabajo (OTT) y la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria.

NOTA ACLARATORIA: conforme a la normativa vigente, la autoridad laboral competente para tramitar estos expedientes de regulación es:

- Las Oficinas Territoriales de Trabajo de Castilla y León, cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia.

- La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, en tres supuestos: cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia, pero tenga más de 200 trabajadores afectados; cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de dos o más provincias de Castilla y León; y finalmente cuando el procedimiento afecte a trabajadores que desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más comunidades autónomas, pero el 85 % de la plantilla de la empresa, como mínimo, radique en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León y existan trabajadores afectados en la misma.

- El Ministerio con competencias en el ámbito laboral, cuando la empresa disponga de centros de trabajo en dos o más comunidades autónomas.

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