Medidas adoptadas por las universidades públicas de Castilla y León

Se han adoptado de forma coordinada con la Consejería de Educación estas nuevas medidas que sustituyen las acordadas el 13 de marzo

El  Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 establece la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados así como que durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y «on line», siempre que resulte posible.

En relación con la limitación de la libertad de circulación de las personas se prevé que durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para el desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial y el retorno al lugar de residencia habitual.

Al mismo tiempo, la Disposición Final Primera establece la ratificación de todas las disposiciones y medidas adoptadas previamente por las autoridades competentes de las comunidades autónomas y de las entidades locales con ocasión del coronavirus COVID-19, que continuarán vigentes y producirán los efectos previstos en ellas, siempre que resulten compatibles con este real decreto.

Por ello, se establece la necesidad de adoptar de forma coordinada con la Consejería de Educación nuevas medidas que sustituyan las acordadas el 13 de marzo de 2020 con una duración mínima de quince días naturales, prorrogables a la vista de las decisiones que adopten las autoridades competentes, que serán publicadas en las webs de las universidades, en forma del siguiente:

Acuerdo de las universidades públicas de Castilla y León

Tras la declaración del estado de alarma, teniendo en cuenta la importancia de proteger la salud de la población, poner todos los recursos de la Universidad a disposición de las autoridades sanitarias, colaborar en el cumplimiento de las limitaciones de circulación de las personas y mantener los servicios esenciales, a la vista del texto del artículo 9  del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, sobre medidas de contención en el ámbito educativo y de la formación, los rectores de las universidades públicas de Castilla y León, en consenso con la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.

 

Acuerdan:

  1. Suspender de manera inmediata las actividades presenciales del sistema universitario público de Castilla y León, con las excepciones que se contemplan en este acuerdo y los planes de contingencia.
  2. Los edificios de las universidades públicas de Castilla y León permanecerán cerrados.
  3. Toda vez que las limitaciones de movilidad permiten el desplazamiento al lugar de trabajo, las personas de la comunidad universitaria podrán acceder a los edificios para realizar las tareas imprescindibles relacionadas con la docencia no presencial, la investigación, la gestión o la administración, en las condiciones que establezca cada Universidad. El tiempo de permanencia en los edificios se reducirá al mínimo indispensable para cumplir con las tareas estrictamente necesarias, y siempre respetando las normas de prevención y distanciamiento interpersonal, para garantizar la seguridad de su salud.
  4. Adoptar las decisiones precisas a fin de garantizar los servicios de mantenimiento y aquellos otros que sean convenientes para el aseguramiento de personas y bienes. Todo el personal debe consultar y conocer los planes de contingencia, y estar en comunicación con las y los responsables de los centros de trabajo universitarios.
  5. Reiterar el llamamiento a la comunidad universitaria para que cumpla de manera responsable las instrucciones y recomendaciones emitidas por las autoridades sanitarias. Las comunicaciones de las universidades utilizarán los medios y canales oficiales.

 

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