La Junta ayuda con 120.000 euros a los castellanos y leoneses en el exterior en condiciones de especial necesidad

Los destinatarios son, en concreto, los españoles residentes en el extranjero así como sus descendientes inscritos como españoles que hubieran establecido un municipio de Castilla y León

Esta convocatoria que depende directamente de la Dirección General de Acción Exterior tiene como objetivo favorecer el desarrollo de actuaciones destinadas a la población emigrante para paliar las situaciones de necesidad y mejorar la calidad de vida y bienestar de los ciudadanos castellanos y leoneses en el exterior mediante la cobertura y atención de sus necesidades básicas. La línea de ayudas citada se creó en el año 2013, esta nueva convocatoria dispone de una cuantía de 120.000 euros y se incluye en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior 2020-2023.

La cuantía de la ayuda vendrá determinada por dos variables: primero, el índice de referencia del país de residencia del solicitante -que coincide con las bases de cálculo para las prestaciones económicas por razón de necesidad fijadas anualmente por el ministerio competente en la materia- y los ingresos de la unidad familiar del solicitante.

Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos en la fecha de la presentación de su solicitud: tener nacionalidad española; estar residiendo en el extranjero, en alguno de los países para los que el Gobierno de España fijó la base de cálculo para las prestaciones por razón de necesidad durante el año 2019 –se especifican como anexo en la convocatoria; ser mayor de dieciocho años; estar inscrito como residente en el registro de matrícula consular, con una antigüedad de al menos un año a contar respecto al momento de la presentación de la solicitud de ayuda; haber establecido un municipio de Castilla y León como municipio de inscripción en España, y que así conste en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE); que los ingresos por cualquier concepto de la unidad familiar, tanto en la fecha de presentación de la solicitud como durante el ejercicio 2019, no sean superiores al nivel mínimo de subsistencia establecido en esta orden; no poseer el solicitante ni ningún miembro de la unidad familiar, en el momento de presentar la solicitud ni durante el ejercicio 2019, bienes patrimoniales con un valor superior al índice de referencia en cómputo anual del país de residencia para el año 2019, excluida la vivienda habitual de la unidad familiar.

 

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El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde mañana, 12 de febrero, y las solicitudes podrán presentarse de forma presencial o a través de medios electrónicos. La convocatoria también recoge que en los supuestos en los que se haya suscrito convenio a tales efectos, las comunidades castellanas y leonesas en el exterior reconocidas como tales, sus federaciones y confederaciones actuarán como entidades colaboradoras. En cualquier caso, podrán participar en la difusión de la convocatoria y facilitar información y orientación a los interesados.