Condenado un hombre por propinar un golpe con un palo en la cabeza de otro tras una discusión de caza

El agredido salió del bar para evitar que la discusión se agravara, y el condenado salió tras él y le golpeó con un leño de los que había apilados en el patio

Un varón ha sido condenado a un año, 11 meses y 29 días de prisión tras asestar un fuerte golpe con un palo en la cabeza de otro, después de una discusión sobre la caza. Todas las partes llegaron a un acuerdo antes de la celebración del juicio, previsto para este jueves 28 de noviembre, de manera que el condenado ha logrado que se suspenda la ejecución de la pena privativa de libertad.

Los hechos sucedieron en un bar de un pueblo de Soria a las 20.00 horas del 2 de junio. Tras una discusión de caza, el posteriormente agredido decidió salir del establecimiento para evitar que la discusión subiera de tono. El condenado salió tras él, cogió un leño de los que había amontonados en el patio del bar y le golpeó en la cabeza, causándole importantes lesiones así como provocándole ansiedad por si en el futuro se pudieran repetir los hechos.

En el acusado, que carece de antecedentes penales, no constan agravantes. Como atenuante analógica se encuentra su estado de embriaguez, y también consta como atenuante su reconocimiento de los hechos. Con motivo de ese golpe, la persona agredida tardó 136 días en curar, 133 días de perjuicio moderado y tres días de perjuicio muy grave. Estuvo ingresado hasta el día 5 de junio de ese mismo 2018.

 

(function(w,d) {

var i=w.invibes=w.invibes||{};

i.uc=0;

i.prod= 2553;

var s=d.createElement('script');

s.type='text/javascript';

s.async=true;

s.src='//k.r66net.com/GetLink';

d.head.appendChild(s);

})(window,document);

Con todo ello, la Audiencia Provincial de Soria ha decidido condenar al tiempo citado al autor de los hechos. No deberá entrar en prisión siempre y cuando no cometa hechos delictivos en dos años y si paga los daños por responsabilidad civil.

Así, el acusado deberá abonar 13.817 euros al agredido en concepto de lesiones (10.047), secuelas (3.000) y odontólogo (770). El fallo de la Audiencia también incluye un pago de 1.909 euros por parte del condenado a la Gerencia Territorial de Salud de la Junta de Castilla y León, por la asistencia prestada al agredido. El condenado pagará igualmente las costas de la causa, incluyendo las generadas de modo exclusivo por la acusación particular.

Por último, y además de la prohibición del derecho de sufragio pasivo en el tiempo previsto para la prisión, el condenado no podrá aproximarse en cinco años a menos de 150 metros al agredido, distancia que incluye su domicilio, lugares de trabajo y ocio o cualquier otro en el que se encuentre. En ese tiempo tampoco podrá comunicarse con él por ningún medio o procedimiento.