La Junta modifica el decreto de ayuda a huérfanos de víctimas de violencia de género

Para mejorar sus condiciones para el acceso a estudios universitarios

El Consejo de Gobierno ha modificado el Decreto 15/2018 por el que se regula la ayuda económica a huérfanos y huérfanas de víctimas de violencia de género en Castilla y León y el acceso gratuito a estudios universitario, eliminando el límite de edad de los 26 años, fijado hasta ahora, para poder acceder al beneficio de la exención de los precios públicos en materia de estudios universitarios.

Esta modificación viene motivada por el objetivo de dar coherencia al conjunto de normas reglamentarias tendentes a establecer medidas de apoyo a las víctimas de violencia de género en Castilla y León, que les faculte para la obtención de títulos de carácter oficial y les dote de validez en todo el territorio nacional, así como a los servicios complementarios, en las universidades públicas de la Comunidad. Las condiciones de edad fijadas en la modificación del Decreto serán de aplicación para el curso académico recién comenzado, 2019-2020.

El Decreto establece que tendrán derecho a las medidas contempladas en el mismo los huérfanos de mujeres víctimas mortales por violencia de género o tutelados por ellas, que en el momento de su muerte viviesen, residiesen o trabajasen en la Comunidad y con su aprobación, Castilla y León se convirtió en la primera Comunidad Autónoma española en aprobar y regular ayudas económicas y de estudios universitarios para huérfanos por violencia de género. Hasta ese momento, lo normal era que los familiares más cercanos fuesen los que se hiciesen cargo de los huérfanos y asumiesen esa carga económica, de ahí que la Junta de Castilla y León decidiese incrementar el apoyo a estas víctimas de violencia de género regulándolo por decreto.

 

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La Ley autonómica de violencia de género ha sido pionera al recoger el concepto de víctima de violencia de género en toda su extensión, incluyendo como víctimas a los hijos e hijas y a otras personas que dependiesen de la mujer fallecida por esta causa. Además, el Modelo “Objetivo violencia cero” de Castilla y León trata de dar una atención integral a todas ellas, mediante una respuesta personalizada y un trabajo en red de los agentes implicados. Es evidente que los hijos e hijas de mujeres víctimas mortales de violencia de género precisan de una atención especial tras el daño sufrido, enfocada en sus proyectos de vida y en afrontar su futuro en las mejores condiciones posibles.

De ahí que desde la Junta de Castilla y León pusiese en marcha medidas que se concretan, por un lado, en una ayuda económica hasta que alcancen la mayoría de edad, para los hijos e hijas menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género y también para las personas menores de edad que hubieran estado bajo la tutela de una mujer víctima mortal por causa de violencia de género. El importe de la ayuda será una cantidad fija de 5.000€, de pago único anual por cada persona beneficiaria, que tendrá derecho a percibirla en su totalidad desde el momento en que la solicite y hasta el año que alcance la mayoría de edad, inclusive, siendo compatible esta ayuda con otras prestaciones y ayudas públicas o privadas que pudieran corresponder a estas mismas personas.

Y por otro lado, y este es el punto que hoy se modifica, el Decreto recogía que los hijos e hijas, menores de 26 años, huérfanos de mujeres víctimas mortales por violencia de género, tengan acceso gratuito a los servicios académicos en estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y a los servicios complementarios, en las universidades públicas, y también privadas, de Castilla y León. Con la modificación aprobada hoy, se elimina por completo la edad máxima de los hijos e hijas huérfanos de mujeres víctimas mortales por violencia de género para el acceso gratuito a los servicios académicos en estudios universitarios en las universidades públicas de Castilla y León. Este acceso gratuito implica la exención del pago de los precios públicos correspondientes, para lo que se deberá acreditar la condición de persona huérfana o tutelada, lo que se realizará por parte del centro directivo competente en materia de mujer de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

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