La Junta aprueba un nuevo marco de desconcentración competencial en el Sacyl

El decreto que ha sido aprobado hoy ordena las competencias en materia de contratación y gestión económica a la nueva estructura de la Gerencia Regional de Salud

El decreto que ha sido aprobado hoy ordena las competencias en materia de contratación y gestión económica a la nueva estructura de la Gerencia Regional de Salud y a la nueva Ley de Contratos del Sector Público.

El decreto aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta tiene como fin ordenar las competencias en materia de contratación y gestión económica a la nueva estructura de Sacyl, tanto en servicios centrales como periféricos y adecuar este ámbito competencial a la nueva Ley de Contratos del Sector Público, vigente desde finales del año pasado. En su artículo 1.º, la nueva norma establece las competencias reservadas a la Presidencia de la Gerencia Regional de Salud en estos ámbitos de contratación y gestión económica, mientras que en los siguientes apartados 2.º y 3.º se efectúa la desconcentración de competencias en órganos centrales, tanto en el director económico, presupuestario y financiero de Sacyl como en los distintos directores generales. La desconcentración también afecta a órganos periféricos de la Gerencia Regional de Salud, ya sean las gerencias de Asistencia Sanitaria ya existentes en Ávila, El Bierzo (León), Palencia, Soria y Zamora, como a los gerentes de áreas de salud, de Atención Primaria y de Especializada en donde aún no se han creado las respectivas gerencias de Asistencia Sanitaria (Burgos, León, ‘y ‘Valladolid Este’).

De una forma resumida, el nuevo Decreto establece para cada uno de los órganos directicos, las siguientes competencias en materia de contratación y gestión económica: el presidente de la Gerencia Regional de Salud se reserva las competencias referidas a inicio, adjudicación, decisión de no adjudicar, desistimiento, modificación, interpretación, anulación y resolución, con carácter general, de los contratos con un valor estimado igual o superior a los dos millones de euros.

En materia de gestión económica, la Presidencia de Sacyl se reserva el compromiso de gasto para la adjudicación de contratos, así como la aprobación de dicho gasto en los supuestos referidos a convenios, subvenciones y otras aportaciones dinerarias. En cuanto al director económico, financiero y presupuestario, las competencias que en él se desconcentran se refieren, con carácter general, a la preparación, adjudicación, modificación, cesión, interpretación y resolución de los contratos no reservados al presidente o desconcentrados en los órganos periféricos, mientas que en los referido a la ejecución y suspensión de contratos, sólo le corresponden celebrados en su ámbito directo competencial. También le corresponde al director económico de la Gerencia Regional de Salud la gestión y ejecución presupuestaria, exceptuando los ámbitos reservados al presidente de Sacyl o que se encuentre desconcentrado en otros órganos directivos.

Precisamente, a través de la desconcentración competencial en los directores generales de Sacyl les compete la ejecución y suspensión de los contratos celebrados en el ámbito material de sus competencias y, en lo referido a la gestión económica y ejecución presupuestaria, les es competencia propia, el reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago referidos a contratos, convenios, subvenciones, aportaciones dinerarias distintas de las subvenciones u otros expedientes de gasto cuya ejecución les corresponda en el ámbito de sus atribuciones.

Por último, la nueva realidad que refleja el Decreto hoy aprobado por el Consejo de Gobierno en lo que se ocupa de las gerencias de Asistencia Sanitaria, de área de salud, de Primaria y de Especializada, que, en el ámbito de la gestión, se desconcentran todas las facultades de contratación para su correspondiente ámbito gestor con carácter general para contratos con un valor estimado inferior a los dos millones de euros. En cuanto a la gestión económica y la ejecución presupuestaria, estos gestores reciben la desconcentración de todas las facultades en sus correspondientes ámbitos competenciales.

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