Aprobado el proyecto de decreto que crea y regula el Comité de Ética de los Servicios Sociales de Castilla y León

Con la creación del Comité de Ética se da un nuevo paso en la calidad del modelo de atención de los Servicios Sociales de Castilla y León dotando a los profesionales de un recurso que facilite el debate, la reflexión, el estudio y la sensibilización ante los problemas éticos derivados de la intervención social. Será un órgano que responderá a las dudas de los profesionales con el fin de generar conocimiento y modos de actuación que repercutan en la calidad de la intervención social y en el bienestar y el efectivo respeto de los derechos de las personas.

La necesidad de integrar los aspectos éticos en la atención a las personas ha sido una preocupación constante por parte de los profesionales de la Salud, del Derecho, de los Servicios Sociales y de otros campos en los que las decisiones técnicas pueden entrar en colisión con los derechos y necesidades de las personas.

Surge así la necesidad de afrontar problemas éticos de un modo integral, y para ello, la Junta de Castilla y León ha decidido crear el Comité de Ética de los Servicios Sociales de Castilla y León, un órgano de consulta y deliberación, de naturaleza interdisciplinar y funcionalmente independiente, para el análisis y asesoramiento de las cuestiones de carácter ético que surjan en la intervención social, configurándose a estos efectos como foro ético de referencia para responder a las dudas de los profesionales.

Adscrito a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, su ámbito de actuación se corresponde con el del sistema de servicios sociales de Castilla y León, en los términos previstos en el artículo 4 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre de servicios sociales de Castilla y León.

Entre sus funciones estarán la sensibilización de los profesionales que trabajan en el ámbito de los servicios sociales respecto de la dimensión ética de la práctica que desarrollan; el análisis y asesoramiento que facilite la toma de decisiones ante conflictos éticos que se produzcan con ocasión de la intervención social; asesorar y orientar desde el punto de vista ético a los profesionales en aquellas situaciones que con frecuencia generan conflictos de valor, y elaborar y promover la elaboración de protocolos de actuación que traten de dar respuesta a las situaciones en que se planteen conflictos éticos.

A través del Comité de Ética se impulsará también la formación de grupos de reflexión ética en los centros y entidades del sistema de servicios sociales de Castilla y León y se promoverá y colaborará en la formación en ética aplicada a la intervención social, del conjunto de profesionales que intervienen en el ámbito de los servicios sociales. Todas estas funciones se ejercerán sin perjuicio de las competencias, que en materia de ética y deontología profesional, correspondan a los colegios profesionales, y sus informes y recomendaciones no tendrán carácter vinculante.

El Comité de Ética de los Servicios Sociales de Castilla y León tendrá una composición multidisciplinar, buscando una participación equilibrada de las diversas profesiones involucradas en el ámbito de la intervención social, y estará integrado por, al menos, siete personas, entre los que deberán figurar expertos en ética aplicada, así como profesionales expertos en servicios sociales con formación en ética. Se asegurará la presencia entre dichos miembros de profesionales pertenecientes a las entidades locales con competencias en materia de servicios sociales y del Tercer Sector. El nombramiento como miembro del citado Comité tendrá una duración de cuatro años, renovable por igual periodo de tiempo.

Cabe destacar también que los informes y recomendaciones del Comité de Ética se realizarán siempre por escrito y no tendrán carácter vinculante. En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este decreto se constituirá este Comité de Ética de los Servicios Sociales de Castilla y León.

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