La Audiencia Provincial confirma el archivo de la querella de IU por la construcción del párking

La Audiencia Provincial de Soria ha confirmado el sobreseimiento provisional de la querella interpuesta por Izquierda Unida en relación con la construcción de un aparcamiento subterráneo en la plaza Mariano Granados y el Paseo del Espolón, por lo que ha desestimado que hubiera prevaricación o tráfico de influencias.

Cabe recordar que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Soria ya había decretado el archivo de la causa al “no aparecer debidamente justificada la perpetración de los delitos de prevaricación y tráfico de influencias” a los que se refería principalmente la citada querella.

La decisión de la Audiencia, dado su carácter provisional, no impediría no obstante la reapertura de la causa si apareciesen nuevos elementos de enjuiciamiento.

La resolución de la Audiencia Provincial también señala que la parte querellante, Izquierda Unida, pudo tomar “conocimiento” de la “totalidad” del expediente administrativo relativo a la construcción de los aparcamientos y “también al Estudio de Viabilidad”.

De la misma forma señala que IU tuvo conocimiento del dictamen del Ministerio Fiscal en el que apuntaba al sobreseimiento de la causa “el mismo día” en que el dictamen tuvo entrada en el juzgado, el 22 de mayo de 2015, y que las actuaciones permanecieron en la Secretaría del Juzgado a disposición de la parte personada. El 9 de junio se dictó auto sobre el sobreseimiento provisional de la querella.

“Si finalmente la parte no ha examinado el expediente en cuestión ha sido por propia decisión o conveniencia, por lo que no cabe apreciar indefensión alguna y menos aún limitación por parte del juez instructor”, señala la resolución.

La misma resolución indica que el informe del Ministerio Fiscal ya destacaba que no se apreciaba “irregularidad” susceptible de generar responsabilidad criminal.

NO EXISTEN DELITOS DE PREVARICACIÓN Y TRÁFICO DE INFLUENCIAS

La Audiencia Provincial de Soria ha considerado que la omisión en el estudio de viabilidad de la existencia de otro párking municipal en la plaza del Olivo, argumento defendido por Izquierda Unida, “carece” de trascendencia penal, y también que las áreas de influencia de cada uno de los aparcamientos subterráneos sean “próximas, aunque diferentes”.

“El cuestionamiento de su rentabilidad económica, por la simple proximidad de los tres aparcamientos subterráneos, no determina en modo alguno la existencia flagrante o patente injusticia en la decisión adoptada, como la que exige el delito de prevaricación”.

Respecto al tráfico de influencias, “tampoco existe atisbo alguno” de que la empresa Riosa, adjudicataria de la construcción de los aparcamientos, influyera en algún funcionario público o autoridad del Ayuntamiento de Soria.

La resolución también apunta que la empresa fue la única licitadora y se refiere a su “solvencia” técnica y profesional, así como económica y financiera en la justificación de la obra.

“Las sospechas que se arrojan en la querella, así como la declaración del ahora concejal de Izquierda Unida, Enrique García, y en el escrito de recurso de apelación, no pasan de constituir meras elucubraciones o sospechas, sin que vengan acompañadas de un fundamento objetivo constatable o comprobable a través de investigación penal”.

La misma resolución descarta la posible existencia de un delito de fraude y exacciones ilegales “por los mismos motivos” y también de un delito de alteración de precios en concursos y subastas públicas.

“No se aportan indicios de irregularidad en el desarrollo del concurso público, ni la existencia de amenazas, dádivas, promesas o cualquier otro artificio para intentar alejar del concurso a posibles postores”.

Por todo ello, la Sala ha dictado el auto que desestima el recurso de apelación interpuesto por Izquierda Unida.

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