La Junta aprueba el decreto que regula las funciones de secretaría para las entidades locales menores de Castilla y León

El Consejo de Gobierno ha aprobado este jueves el decreto, previsto en la Ley de Régimen Local de Castilla y León, por el que se determinan las funciones de secretaría e intervención en las 2.226 entidades locales menores existentes en la Comunidad que deberán ser desarrolladas por el secretario municipal, o por el servicio de asistencia y asesoramiento a municipios con el que cuentan las diputaciones. Asimismo, el consejero de la Presidencia ha informado de la concesión de ayudas correspondientes a 2013, por importe de 2.941.000 euros, para la mejora de personal y funcionamiento de los servicios de asistencia y asesoramiento a municipios de las diputaciones provinciales y del Consejo Comarcal del Bierzo. En el caso de la Diputación Provincial de Soria recibirá 207.429 euros. La cuantía destinada a la realización de la encuesta de infraestructuras locales para cada una de las diputaciones provinciales es de 8.756 euros.

La normativa básica del Estado sobre régimen local y función pública determina la necesidad de que todas las corporaciones locales, sin excepción, cumplan con las funciones públicas necesarias y reservadas a los funcionarios de administración local con habilitación de carácter estatal, como garantía de que sus acuerdos y sus cuentas sean correctas y legales, y que su funcionamiento sea uniforme. Entre ellas, están las actuales entidades locales menores que tienen personalidad propia.

La Ley de Régimen Local en Castilla y León regula estas entidades y las reconoce como instrumento que posibilita el acercamiento de la administración a sus vecinos, y su participación en las decisiones que les interesan más directamente.

La Junta es consciente de la existencia de municipios con un gran número de entidades locales menores dependientes de ellos, lo que dificulta la prestación de las funciones necesarias y reservadas a los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter estatal por parte del órgano al que le corresponden. Además, el Gobierno de la Nación ha intensificado el control de la gestión económico financiera de las administraciones públicas en general, y de la administración local en particular, como consecuencia del principio constitucional de estabilidad presupuestaria.

Por ello, este decreto concreta las reglas para el ejercicio de las funciones de secretaría e intervención en las pedanías, desarrollando la disposición adicional sexta de la ley autonómica, donde se indica que el ejercicio de estas funciones corresponderá al secretario del ayuntamiento del municipio al que pertenezcan o al servicio que con tal fin tenga establecido cada diputación provincial.

El decreto establece tres supuestos, en función de la clase de municipio donde se encuentren ubicadas las correspondientes entidades locales menores, diferenciando el de los municipios o agrupación de municipios cuyas funciones de secretaría e intervención se desempeñan de forma conjunta, que no superan los 5.000 habitantes, aquellos otros iguales o inferiores a 20.000 habitantes en los que las funciones de secretaría e intervención-tesorería están separadas, y aquellas que se prestan en municipios con más de 20.000 habitantes.

Para aquellos municipios o agrupaciones de municipios cuyo puesto principal desarrolla conjuntamente las funciones de secretaría e intervención, el desempeño de éstas en las entidades locales menores -que afectaría en torno a 2.082 pedanías-, establece varias posibilidades a utilizar de forma sucesiva, y en un plazo marcado obligatorio: en primer lugar, que las funciones las ejerza el secretario-interventor municipal; en su defecto y por exceso de carga de trabajo, que se busque el consenso mediante la firma de un convenio entre juntas vecinales, ayuntamiento y diputación; y por último, si no es posible tal acuerdo, el decreto pormenoriza obligatoriamente la distribución de las funciones, diferenciando por una parte las más cercanas y que requieren una intervención más directa que se encomiendan al secretario-interventor; y por otra, las que por su naturaleza pueden ser atendidas a distancia, que se desarrollarán por las diputaciones o el Consejo Comarcal de El Bierzo.

Respecto a los municipios o agrupación de municipios igual o inferior a 20.000 habitantes en los que las funciones de secretaría e intervención-tesorería están separadas -situación en la que se encuentran alrededor de 111 pedanías-, y aquellas que se desarrollan en los municipios con más de 20.000 habitantes -que afecta a 33 pedanías-, se contempla como única posibilidad la colaboración interadministrativa de cada ayuntamiento y las juntas vecinales con la respectiva diputación o el Consejo Comarcal de El Bierzo, mediante la firma de un convenio que permita cumplir dichas funciones, en los términos en que se pacte.

Ayudas a las diputaciones provinciales para el funcionamiento del SAM

La mejora de personal y funcionamiento de los servicios de asistencia y asesoramiento a municipios (SAM) de las diputaciones provinciales ha sido fomentada por la Administración autonómica desde 2005: la cooperación económica general se ha incrementado en dos veces y media respecto a la que existía entonces y los entes locales se han comprometido a reestructurar estos servicios de manera homogénea y coordinada para darles mayor funcionalidad, al igual que se ha procedido con el Consejo Comarcal de El Bierzo en virtud de su Convenio Marco de Colaboración.

En este sentido, el consejero de la Presidencia ha informado al Consejo de Gobierno de la concesión en el día de hoy de las ayudas del año 2013 para estos servicios de las diputaciones provinciales y del Consejo Comarcal del Bierzo, por importe de 2.941.000 euros, y otros 80.000 euros dirigidos a la realización de la encuesta de infraestructuras locales.

Las cuantías que corresponden para el funcionamiento del servicio de asistencia y asesoramiento son: Diputación Provincial de Ávila, 269.848 euros; Diputación Provincial de Burgos, 398.745 euros; Diputación Provincial de León, 377.480 euros; Diputación Provincial de Palencia, 283.486 euros; Diputación Provincial de Salamanca, 379.481 euros; Diputación Provincial de Segovia, 242.941 euros; Diputación Provincial de Soria, 207.429 euros; Diputación Provincial de Valladolid, 308.489 euros; y Diputación Provincial de Zamora, 272.988 euros; y comarca de El Bierzo, 200.843 euros.

La cuantía destinada a la realización de la encuesta de infraestructuras locales para cada una de las diputaciones provinciales es de 8.756 euros.

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