Campaña para reducir riesgos a los ciclistas en la ciudad

La Policía Local de Soria ha puesto en marcha una campaña informativa para mejorar la seguridad de los ciclistas en la ciudad y hacerles partícipes de la necesidad de respetar las normas de circulación y señalización para conseguir una convivencia sin altercados con los vehículos y con los peatones. De esta forma, la Policía informa sobre el uso recomendable del casco siempre dada la vulnerabilidad de los ciclistas y la utilización de prendas que mejoren la visibilidad con luces y elementos reflectantes especialmente en los momentos de menor claridad. La nueva Ordenanza de Tráfico entrará en vigor a partir del 16 de agosto y en ella se establecen las condiciones generales de uso y circulación de bicicletas.

Entre estos puntos destacan:

a)    Los ciclistas deberán respetar siempre la señalización general y la normativa sobre Circulación y Tráfico, así como aquella otra que pueda establecerse expresamente por el Ayuntamiento.

b)    Los conductores de bicicletas no podrán, en ningún caso, circular con el vehículo apoyado solo en una rueda, ni cogerse a vehículos en marcha.

c)    No se podrá conducir una bicicleta, ni ningún otro vehículo, utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido.

d)    No se podrá conducir una bicicleta, ni ningún otro vehículo, utilizando manualmente el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción.

e)    Los ciclistas, en lo que se refiere a conducir habiendo consumido bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, tienen las mismas obligaciones y restricciones que el resto de conductores.

f)     Con el fin de facilitar el tránsito por el ámbito urbano las bicicletas deberán estar dotadas de un timbre. También por cuestiones de seguridad es recomendable el uso de casco protector, siendo obligatorio para los casos que expresamente se determinan en la presente, o en la normativa general.

g)    Las bicicletas o los ciclistas que las conducen deberán ser visibles en todo momento. Cuando circulen por la noche o en condiciones de baja visibilidad deben llevar luces y elementos reflectantes debidamente homologados que permitan su correcta visualización por los peatones y conductores.

h)    Los conductores de vehículos motorizados que pretendan adelantar a un ciclista lo harán extremando las precauciones, cambiando de carril de circulación y siempre y cuando quede, como mínimo, un espacio lateral de 1,5 metros entre la bicicleta y el vehículo. Los conductores de vehículos motorizados, cuando estén circulando detrás de una bicicleta, mantendrán una distancia de seguridad prudencial y proporcional a la velocidad, que nunca podrá ser inferior a 3 metros.

i)      Queda prohibida la circulación por los carriles reservados para bicicletas de otros vehículos que no sean los autorizados en la presente ordenanza o que no hayan sido autorizados de manera expresa por la autoridad municipal.

Están autorizados a circular por los carriles reservados para las bicicletas en el cumplimiento de sus obligaciones los vehículos de Asistencia Sanitaria, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Extinción de Incendios, Guardería Forestal y de servicios municipales.

j)      Las bicicletas podrán circular de conformidad con las condiciones que se determinen en la presente o en la normativa general, por las siguientes zonas:

-Calzadas.

-Las Vías Ciclistas - Carriles Bici que se determinen por el Ayuntamiento.

-Zonas y Vías de uso compartido.

-Zonas Residenciales.

-Zonas Peatonales.

Otro aspecto que regula esta Ordenanza se refiere a la posibilidad de los ciclistas de adelantarse en un semáforo hasta situarse a la altura del paso de peatones, pero en ningún caso podrá saltarse la señalización y deberá esperar la luz verde del semáforo, o en caso de no existir éste, cruzar la intersección cuando no haya peligro, sin incomodar en ningún caso el paso de los peatones.

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