La Junta suspende en Soria las quemas autorizadas para el próximo fin de semana

El Servicio Territorial de Medio Ambiente vuelve a adoptar esta medida ante la sequedad en los combustibles vegetales y las previsiones meteorológicas

Como ya hizo en el último fin de semana de febrero y el primero de este mes de marzo, el Servicio Territorial de Medio Ambiente ha decidido suspender las quemas autorizadas para este fin de semana (23 y 24 de marzo), adoptando así las medidas preventivas necesarias para evitar incendios forestales, lo que no invalida la posibilidad de retomar esta actividad cuando las circunstancias mejoren.

Al igual que en las anteriores ocasiones, se ha tenido en cuenta las actuales circunstancias meteorológicas, protagonizadas por las temperaturas benignas, como las que se vienen arrastrando en los meses invernales, de escasez de lluvias y heladas, que han producido un incremento importante en la sequedad de los combustibles vegetales.

Estas condiciones negativas podrían incrementarse, según las previsiones existentes, hasta el día 28 de marzo, ya que se esperan fuertes vientos los días 26, 27 y 28, lo que aumentaría las posibilidades de que entren en ignición los combustibles vegetales y el fuego vaya con mayor velocidad en caso de que haya alguna fuente de calor inicial, aumentando el riesgo de propagación sin control. Hay que tener en cuenta, además, que los fines de semana se concentran la mayoría de las quemas.

 

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Desde la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria se reitera la necesidad de extremar las precauciones, ya no sólo en la suspensión de las quemas, sino en la utilización de cualquier fuente de calor que pueda ser causa de ignición, en espera de que las temperaturas y condiciones meteorológicas vuelvan a ser las habituales para esta época del año.

La ORDEN FYM/510/2013, de 25 de junio de 2013, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León establece que se podrá autorizar la quema de restos vegetales, previa autorización expresa del Servicio Territorial de Medio Ambiente o previa comunicación en determinados casos. La época de quema está siempre comprendida entre el 16 de octubre y el 31 de mayo.

Se recuerda que, tanto en el caso de las autorizaciones como en el de las comunicaciones, el responsable de la ejecución de la quema tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del agente medioambiental de la zona o, en su defecto, comunicarlo al Centro Provincial de Mando, quien le podrá indicar la conveniencia o no de realizar la quema en función de las condiciones de humedad, temperatura y viento.

En cualquier caso, y en todo momento, aun cuando la quema se haya iniciado, el Servicio Territorial de Medio Ambiente, si aprecia razones que desaconsejen o hagan peligrosa su ejecución, podrá suspender o aplazar la quema hasta que desaparezcan aquéllas.

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